¿Hay estado de excepción en Cuba? Amenazas contra Yoe Suárez provocan intenso debate

Yoe Suárez (foto de Juan Carlos Herrera)

Las amenazas por parte del Departamento de la Seguridad del Estado (DSE) a las que fue sometido el periodista y escritor Yoe Suárez el pasado 22 de abril generaron decenas de reacciones en medios de comunicación, organizaciones internacionales y en redes sociales.

Uno de los debates más encarnizados e interesantes fue el referente a si hay o no estado de excepción en Cuba a causa del COVID 19, y se dió en el perfil de Facebook del periodista y profesor Jesús Arencibia Lorenzo, quien posteó un mensaje en solidaridad con Suárez, quien fuera alumno suyo en la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana.

El post de Arencibia Lorenzo fue comentado por el profesor de posgrado de la Universidad de Ciencias Médicas, Orlando Marín Farías, quien justificó la intimidación por parte del DSE al periodista independiente porque “en tiempos excepcionales las leyes son más severas”, y más adelante afirmó que “violar la legislación sanitaria en un estado excepcional o divulgar en contra de lo establecido constituyen delitos agravados por el Código Penal”.

¿Decretado por el presidente?

Durante el encuentro con los agentes del DSE, Suárez, que trabaja con el periódico Diario de Cuba y la revista El Estornudo, fue amenazado con la aplicación de altas condenas del Código Penal por “propaganda enemiga”, y el Decreto Ley 370, que contempla multas de 120 dólares y el decomiso de celulares y laptops a quienes divulguen contenido contrario a los designios gubernamentales en redes sociales.

Alina Bárbara López, que trabajara en Ediciones Matanzas, ripostó a Marín Frías que “debe saber que en Cuba no se ha declarado el estado de excepción, ese Decreto Ley 370 no se ajusta solo a esta etapa de la pandemia, de hecho, fue aprobado antes, y en todo caso quienes están violando la legislación sanitaria son los que citan a personas para ´conversar´ en medio de estas circunstancias”. 

Marín Farías insistió que “el presidente [Miguel Díaz Canel] públicamente” declaró el estado de excepción, “veo las Mesas redondas y en la constitución está la pandemia sanitaria como situación excepcional”.

“El presidente exigió medidas más severas, como parte de una intervención en el Consejo de Ministros, pero no se ha declarado legalmente el Estado de excepción”, acotó López, y reiteró que el Decreto Ley 370 “pretende coartar la libertad de expresión”.

En otro comentario, López explicó que las personas multadas con el 370 “no han estado en las calles, sin nasobucos o gritando en una cola, los han ido a localizar a sus casas y los han presionado para salir de ellas y ser interrogados y amenazados. ¿Quiénes están violando entonces la situación sanitaria?”.

El Decreto Ley 370, promulgado en 2018 por el Consejo de Estado, ha sido aplicado de manera feroz en el último mes contra activistas y periodistas, principalmente, como la joven reportera Camila Acosta.

La vieja historia del mercenarismo

El abogado Eloy Viera, refirió en respuesta a Marín Frías que “no existe una declaración formal del estado de emergencia en Cuba, le convido a que busque en la Gaceta Oficial la norma jurídica que así lo dispone, cuando la encuentre hablamos.”

“Si es usted de los abogados que cree que un discurso es fuente de derecho y que los medios de comunicación son los mecanismos idóneos para cumplir con el principio de publicidad es usted un abogado que no entiende, o no quiere aplicar el concepto de Estado Socialista de Derecho, que la propia constitución a la que usted alude”, argumentó Viera.

Y en referencia al Decreto Ley 370 expresó que “impone contravenciones que a la luz de la Constitución que usted defiende es inconstitucional, pero que partiendo de su noción de lo que pueden ser las fuentes de derecho, debe ser tolerado porque el Presidente de la República ha tildado a las víctimas de sus postulados como ´enjambre de mercenarios´”.

A partir de ahí varios perfiles falsos progubernamentales se sumaron al post, como el de Elio Santos Pérez: “Mentir no es correcto; hacerlo y recibir beneficios de otros países a cambio es mercenario”.

Títulos como “mercenario”, “gusano”, “escoria”, han sido empleados por adeptos al castrismo para referirse a quienes trabajan en contra o simplemente al margen de las autoridades, en el poder desde 1959.

¿Qué dice la prensa?

Marín Frías aseguró, sin embargo, que el 22 de abril “se pronunció el Tribunal Supremo de Cuba, Sala Penal, hay criterio judicial”. Una búsqueda en los principales medios oficiales cubanos no devolvió resultado alguno en este sentido.

La web Periodismo de Barrio publicó sobre el tema que, en contraste con la Constitución y la Ley No. 75 de la Defensa Nacional, vigente desde 1995, «Cuba no ha declarado formalmente el estado de emergencia. A pesar de esto, diversos entes gubernamentales han hecho uso de poderes excepcionales recurriendo a otras normas legales».

«El Ministerio de Salud Pública (MINSAP) ha ocupado un rol central. Al amparo de la Ley No. 41 de la Salud Pública (1983), su Reglamento, y la declaración de la COVID-19 como pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS), el MINSAP emitió la Resolución No. 82 de 23 de marzo de 2020 donde califica la presente situación higiénico-epidemiológica como ‘de emergencia'», continuó la web.

Periodismo de Barrio explica que mediante esa norma se dispuso el aislamiento obligatorio de quienes arriben al territorio nacional y «las que se identifiquen como casos sospechosos, y se definió la cuarentena epidemiológica como medida de carácter extraordinario, aunque no se determina claramente cuáles son las autoridades territoriales encargadas de su aprobación y su terminación».

Medios de prensa oficiales refieren que los Consejos de Defensa Provinciales y Municipales han declarado “cuarentena,” “incremento” y “refuerzo” del “aislamiento”, o “la vigilancia reforzada” en La Habana, Cienfuegos, Villa Clara, Camagüey, Holguín, Sancti Spíritus, Granma, Ciego de Ávila, y el municipio especial Isla de la Juventud.